Urbanismo e Infraestructura
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Por la presente le notifico que, con fecha 9 de abril de 2014, el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, en virtud de delegación conferida por la Alcaldía con fecha 17 de junio de 2011, ha dictado la siguiente resolución:
«Visto el expediente incoado para proteger la legalidad urbanística, en razón del estado del solar sito en la Travesía de Medina n.º 7, con referencia catastral 6678624VK8967N0001LQ, y
RESULTANDO: Que según el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, la mencionada parcela no reúne las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, dado que no han dado comienzo las obras proyectadas sobre el mismo, ha crecido maleza en su interior y se encuentra vallado mediante una malla de bastidores metálicos sobre soportes de hormigón desmontables que se encuentran parcialmente tumbados, siendo necesario efectuar las obras consistentes en el correcto vallado de la parcela, su limpieza y desbroce.
CONSIDERANDO: Lo dispuesto en los artículos 137, 140 y 176 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, y en el artículo 83 de las Normas Urbanísticas del Plan de Ordenación Municipal, y en el 123 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria, Estética e Higiene Urbana de Guadalajara; por el presente, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por la delegación conferida por la Alcaldía con fecha 17 de junio de 2011, HE RESUELTO:
Primero.- Ordenar a ÓPTIMA CONSTRUCCIONES EXPRESS, S.L., con CIF B19186816 que proceda, en el plazo de dos meses, a la ejecución de las obras consistentes en el vallado del solar, limpieza y desbroce, sito en la Travesía Medina, n.º 7. Este vallado con un coste estimado de 2.300 € + IVA, se situará en la alineación oficial y se realizará mediante un muro de cerramiento de 2,20 m de altura total, sobre cimentación de zanja corrida de hormigón armado, formado por bloques de hormigón de 20 x 40 x 20 cm tomado con mortero de cemento, trabado con pilastras del mismo material cada 4 m y con una altura de 1,20 m y rematado con una malla metálica galvanizada simple torsión de 1 m de altura y contará con una puerta metálica galvanizada de 1 x 2,20 m por unidad de solar vallado. Esta puerta dispondrá de sus respectivos elementos de colgar y de seguridad.
Segundo.- En el supuesto de no realizar las obras ordenadas en el plazo indicado, se procederá a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento a costa de la propiedad.
Asimismo, se podrán imponer hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor mínimo, cada una de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas. El importe de las multas coercitivas impuestas quedará afectado a la cobertura de los gastos que genere efectivamente la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, sin perjuicio de la repercusión del coste de las obras en el incumplidor.
Tercero.- Notificar al Registro de la Propiedad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo –en su redacción dada por el 25 del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio–, la incoación del presente expediente de disciplina urbanística, a efectos de que se proceda a la práctica de la anotación preventiva correspondiente.»
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente, notificación o cualquier otro recurso que estime pertinente.
La presente, notificación se practica a ÓPTIMA CONSTRUCCIONES EXPRESS, S.L. por medio de edictos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras dos intentos infructuosos de notificación en la calle Horcajo número 3, 19180 Marchamalo (Guadalajara).
Guadalajara, 18 de septiembre de 2014.– La Secretaria General, Elena Martínez Ruiz.





